martes, 6 de octubre de 2009

PROCEDIMIENTO CONSULTIVO: DICTÁMENES

Los dictámenes u opiniones consultivas son realizadas en una función de la Corte que solo está abierta a ciertos organismos y agencias de las Naciones Unidas. Al recibir una consulta, la Corte decide acerca de qué Estados y organizaciones pueden proporcionar información útil y les da la oportunidad de presentar declaración de forma oral o escrita. El procedimiento consultivo de la Corte está diseñado en base al procedimiento contencioso y por lo tanto las fuentes de derecho aplicables son las mismas en ambos procedimientos. A menos que se haya pactado que el fallo sea vinculante, en principio los dictámenes de la Corte son d e carácter consultivo y por lo tanto no son vinculantes para las partes que lo solicitan. Sin embargo, ciertas normas o intrumentos pueden adelantar a las partes que la opinión resultante será vinculante.
Ejemplos recientes de dictámenes serían:
  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 8 de Julio de 1996 sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares.
  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 9 de julio de 2004 sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado.

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